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En nuestra firma, ofrecemos asesoría especializada para la obtención de la residencia en España por circunstancias excepcionales. Estos procedimientos permiten regularizar la situación de personas que, aunque no cumplen con los requisitos habituales, acreditan motivos especiales que justifican su permanencia legal en el país.

¿Qué son las circunstancias excepcionales?

Las circunstancias excepcionales son situaciones especiales que la legislación española contempla para facilitar la residencia a personas que, por diversas razones, no pueden optar a otros tipos de residencia pero sí pueden acreditar vínculos o razones humanitarias que merecen protección.

Tipos de Residencia por Circunstancias Excepcionales que gestionamos:

Tras la última reforma del Reglamento de Extranjería, se han actualizado las modalidades de arraigo, estableciendo como regla general la permanencia mínima de dos años en España, salvo en el caso del arraigo familiar, que mantiene su régimen propio.

  • Arraigo Sociolaboral

    Este permiso de residencia temporal por circunstancias excepcionales está dirigido a personas extranjeras que:

    • Hayan permanecido en España de forma continuada durante al menos dos años
    • Se encuentren en situación administrativa irregular
    • Presenten uno o varios contratos de trabajo, que garanticen:
      • Como mínimo, el Salario Mínimo Interprofesional proporcional a la jornada
      • Un total de al menos 20 horas semanales

    La autorización tiene una duración de un año y permite trabajar por cuenta ajena o propia, sin limitaciones geográficas.
    Al finalizar, puede modificarse a una residencia y trabajo de cuatro años, si se cumplen los requisitos, o solicitar una prórroga de un año.

  • Arraigo Socioformativo

    Es una nueva modalidad de arraigo que combina residencia, formación e integración laboral.

    Requisitos principales:

    • Haber vivido en España de forma continuada durante al menos dos años
    • Encontrarse en situación irregular
    • Estar matriculado o cursando una formación reglada u orientada al empleo

    Este permiso tiene una duración de 12 meses y permite trabajar por cuenta ajena hasta 30 horas semanales, siempre con un salario conforme al SMI o al convenio colectivo aplicable.

  • Arraigo de Segunda Oportunidad

    Destinado a personas extranjeras que:

    • Hayan permanecido en España durante al menos dos años
    • Se encuentren en situación irregular
    • Hayan sido titulares previamente de una autorización de residencia, cuya renovación no haya sido denegada por razones de orden público, seguridad o salud pública

    La autorización tiene una duración de un año y permite trabajar por cuenta propia o ajena, sin límites geográficos.

  • Arraigo Familiar

    El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que no exige un periodo mínimo de permanencia en España, a diferencia del resto de modalidades de arraigo.

    Esta autorización cuenta con un régimen propio, orientado a la protección de la unidad familiar, del interés superior del menor y de las personas que requieren medidas de apoyo.

    ¿A quién va dirigido?

    Entre otros supuestos, puede solicitarse cuando la persona extranjera sea:

    • Padre, madre o tutor de un menor nacional de otro Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, siempre que:
      • Resida en España
      • Tenga al menor a su cargo y conviva con él, o
      • Esté al corriente de sus obligaciones paternofiliales
    • Familiar que presta apoyo a una persona con discapacidad, nacional de un Estado miembro de la UE, del EEE o de Suiza, o que requiera medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre que:
      • La persona solicitante tenga a su cargo a la persona con discapacidad
      • Exista convivencia efectiva

    No se exige ningún tiempo mínimo previo de residencia en España, siendo suficiente acreditar el vínculo familiar, la convivencia o la responsabilidad efectiva de cuidado o apoyo.

¿Por qué elegirnos para tu trámite?

Nuestro equipo legal te acompaña en todo el proceso, desde la recopilación y presentación de la documentación necesaria hasta la defensa y seguimiento del expediente ante las autoridades correspondientes. Sabemos que estos procedimientos pueden ser complejos y estresantes, por eso brindamos un apoyo cercano, personalizado y profesional para que puedas lograr tu residencia de manera segura y efectiva.

Documentación necesaria

Cada tipo de arraigo requiere una serie de documentos específicos, como certificados de residencia, informes sociales, contratos de trabajo, o informes médicos, entre otros. Nosotros te ayudamos a recopilar y preparar toda la documentación para presentar un expediente sólido.

Contáctanos

Si necesitas asesoría para obtener la residencia por circunstancias excepcionales, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Evaluaremos tu caso de manera personalizada y te guiaremos para maximizar tus posibilidades de éxito.